jueves, 4 de diciembre de 2008

E-Cristians inicia los trámites para recurrir la polémica sentencia de los crucifijos


La asociación se persona como demandada ante el juzgado de Valladolid que sentenció la retirada de los símbolos religiosos de las aulas del Macías Picavea

La asociación E-Cristians se ha personado este miércoles 3 de diciembre en el proceso judicial sobre la retirada de los crucifijos de las aulas y espacios públicos del Colegio Público Macías Picavea de Valladolid y ha pedido al Juzgado de lo contencioso-administrativo número 2 de Valladolid que le considere parte demandada, dentro del plazo de 15 días para interponer recurso.

E-Cristians ha alegado que las pretensiones de la Asociación Cultural Escuela Laica de Valladolid de retirar los símbolos religiosos del colegio vallisoletano afectan a sus derechos e intereses, entre ellos la promoción de la presencia de contenidos y de todas aquellas actividades que permitan divulgar y dar testimonio del ideario cristiano.

Con esta iniciativa, E-Cristians inicia los trámites para la presentación de un recurso contra la primera sentencia de un juzgado español que ordena retirar los crucifijos de un colegio público.

La cruz, elemento integrador
Para la asociación dedicada a dar testimonio del ideario cristiano, fomentar el respeto por el hecho religioso cristiano y promover el desarrollo de los principios constitucionales que establecen los derechos de los padres, la cruz constituye un elemento de identidad del pueblo español, además de ser elemento integrante e integrador de valores culturales del Estado.

La intervención de E-Cristians en la causa se basa en diversas leyes y jurisprudencia, entre ellas:
· La Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que considera parte demandada con legitimación para actuar en un proceso judicial a cualquier entidad cuyos derechos o intereses legítimos pudieran quedar afectados por la estimación de las pretensiones del demandante.
· La Sentencia 276 del año 2005 del Tribunal Constitucional, que confirma el derecho a personarse en el proceso sin haberse personado anteriormente en la instancia.
· La Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que las corporaciones, asociaciones y grupos que resulten afectados o que estén legalmente habilitados para su defensa y promoción, están legitimadas para reclamar sus derechos ante los juzgados.

Si el juzgado de Valladolid acepta a E-Cristians como parte demandada, la asociación católica podrá iniciar un recurso contra la sentencia de los crucifijos, que incidirá en el valor de la cruz como elemento integrante e integrador de nuestros valores culturales.

La Junta de Castilla y León, por la autonomía de los Consejos Escolares

El recurso de E-Cristians se sumará al recurso de la Junta de Castilla y León, que se centra en el principio de autonomía de los consejos escolares para decidir sobre la presencia de los símbolos en los colegios.

Los abogados del gobierno autonómico han explicado que en otros colegios públicos, los consejos escolares acordaron en su momento retirar los crucifijos y nadie dijo nada, por lo que si el Consejo Escolar del Macías Picavea ha decidido lo contrario, su decisión debería ser respetada.

El cambio de Mercedes Cabrera

De hecho, cuando la polémica sobre los crucifijos en el colegio de Valladolid saltó a los medios de comunicación, la ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera, declaró que eran los Consejos Escolares los competentes para decidir la retirada de los símbolos religiosos, pero al día siguiente, después de las intervenciones públicas sobre el tema del vicesecretario general del PSOE, José Blanco, cambió de argumento y abogó por la aconfesionalidad de los centros y la retirada de los crucifijos.

Precedente favorable

En el año 2007, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Valladolid (sentencia 01617/2007) ya dio la razón a la Junta de Castilla y León al fallar contra una sentencia del Juzgado contencioso-administrativo número 1 de Valladolid y determinar que “la competencia para decidir la retirada de los símbolos religiosos corresponde a los órganos de gobierno del centro educativo, en concreto al Consejo Escolar”.

13 MOTIVOS PARA NO RETIRAR CRUCIFIJOS DE LAS AULAS
por el Observatorio para la Libertad Religiosa

1.- Porque así lo quieren los Consejos Escolares de las escuelas, máximos representantes de la voluntad de padres y profesores.
2.- Porque los artículos 16.1 y 27 de la Constitución Española, y el 2.3 de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa así lo contemplan.
3.- Porque la cruz es un símbolo de paz, de amor y de sacrificio por los demás.
4.- Porque retirarlo es enseñar a los niños que la cruz es un símbolo de enfrentamiento, de odio y de que importa mas la opinión de uno que la del resto.
5.- Porque forma parte de la tradición, costumbres y cultura del país en el que viven.
6.- Porque respetar otras creencias no significa renunciar a las propias.
7.- Porque España es un estado aconfesional, es decir, respetuoso con todas las creencias y no laicista, es decir, beligerante contra las creencias.
8.- Porque es un error ocultar a los niños que la religión es el hecho cultural más importante de la historia de la humanidad.
9.- Porque en España mas del 85 % de los ciudadanos se declara cristiano.
10.- Porque en España mas del 75 % de los alumnos eligen estudiar religión católica.
11.- Porque el acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede, de 3 de enero de 1979 así lo contempla en su artículo 1.
12.- Porque si la educación es obligatoria y los padres tienen el derecho de educar a sus hijos conforme a su moral con libertad, la escuela pública tiene que dar respuesta a este derecho.
13.- Porque nada representa mejor que el crucifijo la angustia por la injusticia y los crímenes contra los mas inocentes.

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