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lunes, 6 de octubre de 2008

Una sentencia fallada a favor de los padres.


Libertad para elegir, aunque no se llenen los colegios públicos

Firmado por Aceprensa
Fecha: 3 Octubre 2008


Un juzgado de Barcelona ha fallado a favor de unos padres que demandaron a la Generalitat de Cataluña por impedirles ejercer el derecho a escoger el tipo de educación que deseaban para su hija. Ellos querían llevarla al colegio concertado Llissach, de Santpedor (Barcelona), con cuyo ideario se identifican. Pero la administración educativa, alegando razones “materiales y presupuestarias”, inscribió a la niña en un centro público de reciente creación, donde estuvo todo el curso pasado. La sentencia afirma que prevalece la elección de los padres, y ordena escolarizar a la pequeña en la escuela que desean.

La administración educativa replicó a la demanda que había respetado el derecho fundamental a la educación reconocido en el art. 27 de la Constitución Española (CE), al asignar plaza a la niña. Y añadió que es legítimo denegar la elección de escuela por necesidades de la planificación escolar. En este caso, las razones de la administración eran que en el municipio había plazas públicas libres, y mientras no se cubrieran no quería ampliar la oferta de plazas en centros concertados. Y ello, a pesar de que el colegio público que asignaron a la pequeña no estaba terminado, pues –como hace constar la sentencia– ella y sus compañeros de curso tuvieron que asistir a clase en un barracón.

Pero sobre todo, el fallo sienta que los criterios de organización no pueden prevalecer sobre lo que dispone el art. 27.3 CE: “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”. Ciertamente, precisa la juez, María Rosa Gutés, ese derecho no es el de la libre elección de centro, que no está garantizada por la CE. Ahora bien, continúa, “para que la imposición a los padres de un centro distinto al elegido no vulnere el art. 27 de la CE, es preciso que el centro impuesto garantice una formación equivalente a la que habían elegido”. Y eso no ocurre con el colegio público en cuestión, porque no tiene un ideario conforme con las convicciones de los padres demandantes.

La juez subraya que “la opción religiosa y moral es básica cuando de educación se trata”. Por eso, no se puede despreciarla “por razones tan prosaicas como la del respeto a unos cupos fijados en función no de la demanda real de los padres, sino de las preferencias de la administración educativa por un determinado modelo de escuela”.

Ciertamente, hay que organizar las plazas para asegurar la escolarización de todos los alumnos, pero el derecho superior de las familias con respecto a la orientación moral y religiosa de la enseñanza constituye un límite a la discrecionalidad de la autoridad educativa para distribuirlos en los distintos centros. Así pues, señala la sentencia, “la oferta educativa debe ajustarse a la demanda, haciendo una prospección previa si es necesario, en lugar de ofertar unas plazas que luego no se pueden cubrir, como ocurre en el municipio de Santpedor, por razones que la demandada [la Generalitat] no debería despreciar, sino tener en cuenta para la debida aplicación de los fondos ajenos que administra”.

Lo anterior implica que las autoridades educativas han de “cubrir la demanda educativa con una oferta suficientemente amplia y plural para dar una respuesta satisfactoria a todas las opciones, incluyendo la de la escuela concertada”. Por no hacerlo así, estima la juez, la administración “coarta la libertad de los padres de escolarizar a su hija en un centro que, de manera totalmente legítima y meritoria, se ha ganado su confianza”.

domingo, 18 de mayo de 2008

¿QUE SUCEDE EN LA POLITICA CATALANA?

Las iniciativas legislativas, políticas y administrativas de carácter laicista se están multiplicando en Cataluña durante los últimos meses, particularmente desde la victoria electoral en España del socialismo. Pero de entre todas quiero referirme a una que realmente llama la atención sobre las demás; y no por ser la más grave de las que están en curso o han sido ya aprobadas o iniciadas. Llama la atención porque su gestación y su contenido revelan quizá lo lamentable de la situación por la que atraviesa nuestra sociedad catalana.

Con fecha 24 de abril de este año ha sido aprobada por el Parlamento la Ley 5/2008, denominada "del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista". Basta con atender al título para hacerse una idea de la calidad jurídica y política que podemos esperar del texto. Y ciertamente, en cuanto se echa una breve ojeada al articulado, la impresión que se alcanza no defrauda esa primera percepción. Se trata de una Ley de tan baja calidad, se mire desde el punto de vista que se mire, que en verdad no merece el nombre de tal.

Pero lo más llamativo de este engendro pseudo jurídico no es el que alguien lo haya pergeñado. La ignorancia, la falta de criterio, la ausencia de sentido jurídico y político, no son fenómenos de los que quepa extrañarse especialmente, aunque se den en algunos responsables políticos. Lo que resulta incomprensible sin embargo es que esta ley haya sido aprobada con el voto unánime de todos los diputados integrantes del Parlamento Catalán. Todos los partidos, sin excepción, han votado a favor de semejante ley.

¿Cómo es posible que se haya producido un hecho semejante? ¿Es que acaso en el Parlamento no hay ningún diputado o diputada que tenga un mínimo de sentido jurídico, más aun, un mínimo de sentido común? No lo creo. Es seguro que la mayoría de los representantes populares estarían de acuerdo, en privado, en que esa Ley es una auténtico fiasco. Y me refiero a la mayoría de los diputados sin especificar su procedencia; tanto en la derecha, como en el centro, como en la izquierda; tanto nacionalistas como no nacionalistas; tanto la mayoría de los que integran el tripartito gobernante, como los que se encuentran en la oposición. Al menos tengo la esperanza de que sean la mayoría, pero si no es así, no hay al menos unos cuantos, de derechas, de izquierdas o de centro, que sean capaces de levantar la voz y hacer valer la razón frente a semejante barbarie intelectual y jurídica.

Porque aquí no se trata de abordar el contenido ideológico de la Ley. ¿Quien no estará de acuerdo en que el gobierno y las autoridades en general, han de poner todos los medios que resulten eficaces para evitar que se produzca el aumento de las agresiones que están sufriendo muchas mujeres? Aunque el problema así planteado me parece una simplificación que no ayuda nada a resolverlo. Pero es que la cuestión aquí es que esa Ley no va a contribuir a mejorar justamente lo que pretende, si no más bien contribuirá a aumentar la confusión y acabará agravando la situación; eso sí, lo más probable, si llega a aplicarse aunque sólo sea en una parte, es que produzca un aumento del gasto público injustificado y perfectamente inútil, un fenómeno al que por otra parte ya nos tienen acostumbrados.