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lunes, 17 de noviembre de 2008

El marxismo ha mutado y es más peligroso



lunes, 17 de noviembre de 2008
Pedro Beteta
AnalisisDigital.com

¿Por qué no inventamos una religión que contrarreste la católica? Encuentra un hombre que quiera ser flagelado al modo romano, coronado de espinas, crucificado entre insultos y salivazos y después me dices… Así cuentan que respondió Napoleón a un sectario que odiaba la fe católica. De todos modos hoy día hay gente para todo e incluso por pasar al Guiness hacen lo que sea… pero es Dios quien lo hace. Quien se despoja de su condición divina y por amor sufre moral y físicamente lo inimaginable. Y los seguidores de este Hombre llevan veintiún siglos yendo contra corriente. Sus enemigos fallecen y surgen otros pero la Iglesia permanece y permanecerá incólume.

Con todo, toca a cada generación de cristianos defender al hombre de las insidias en la época correspondiente. A lo largo de la historia ha sido una enseñanza constante por parte de la Iglesia no hacer dejación de derechos, exhortando a los católicos a estar y participar activamente en todas las encrucijadas en las que más se puede influir. Ciertamente, en los primeros siglos, las persecuciones llevadas a cabo primero en Jerusalén y luego en el Imperio romano fueron, hasta Constantino, un elemento clave para extender el cristianismo. Pero eso no impide calificarlo de cruel intransigencia con las ideas pese a que Dios saque y trasforme en fuente de bienes aquellos desvaríos.

Había cristianos de todas las clases sociales y en todas las profesiones, aunque por defender la fe fueron expoliados y degradados de patricios a plebeyos cuando no asesinados. Esta actitud, con el tiempo y suavizada culturalmente, no ha cesado en estos veintiún siglos, incluso en ocasiones se ha presentado con mayor virulencia. En uno de esos tristes momentos para el hombre nos encontramos hoy. De los socialismos menos sociales, menos interesados por el pueblo, está actualmente el nuestro. ¿Quién dice, por ejemplo, que hoy el país con la mejor Seguridad Social –que es uno de los mayores logros punteros en el mundo–, superando a USA, lo puso en marcha el gobierno de Franco? Girón, creo.

A nadie se le oculta el asedio al que está sometida la familia en algunos países enmascarado con una falsa democracia, en la beligerancia que hay en realidad el totalitarismo, la dictadura gubernamental hacia la escuela católica. Benedicto XVI es consciente de ello y con la hondura y valentía a la que ya nos tiene acostumbrados dice: “respetando la competencia del Estado para promulgar las normas generales sobre la instrucción, no puedo por menos de expresar el deseo de que se respete concretamente el derecho de los padres a una libre elección educativa, sin tener que soportar por eso el peso adicional de ulteriores gravámenes” [1].

Hablar de Estado laico parece haberlo querido asociar, en algunos países dirigidos por socialismos sectarios, como una sacralización del Partido en el poder. “Un Estado democrático laico es aquel que protege la práctica de religiosa de sus ciudadanos, sin preferencias ni rechazos” [2]. Además, un Estado moderno ha de servir y proteger la libertad de los ciudadanos y también la práctica religiosa que ellos elijan, sin ningún tipo de restricción o coacción. “No se trata –como se ha dicho– de un derecho de la Iglesia como institución, se trata de un derecho de cada persona, de cada pueblo y de cada nación” [3].

La ambigüedad “del derecho a tener derechos”, con toda la carga de falacia intelectual que acompaña agrada al que piensa poco y se deja llevar por primeras impresiones dialécticas, pero es una tautología; es como decir “yo, soy yo”. Más hondura tendría hablar, por ejemplo, “del derecho a no tener derechos”; es decir, a ejercitar la renuncia a algo tan natural por un motivo de gran calado. Los argumentos de peso los da casi siempre el amor. Jesucristo, Señor de la Historia, renunció a su condición de Dios por amor a la humanidad herida por el pecado y obediente fue al holocausto voluntariamente.

Los gobiernos que no dan respuestas adecuadas a temas de peso como son la familia, la educación, la historia, etc., y parecen querer enzarzarse camufladamente en lo antinatural, como si de un derecho se tratara, están llamándonos idiotas al pueblo. ¡No debemos dejarnos engañar! Responde a una trama muy elaborada y pensada. No son los ciudadanos gente ingenua, aunque a veces actuemos cándidamente, al creernos las falacias prometidas. ¡Hechos! Ya no se habla de Marx pues sería una ridiculez. Ahora se habla de Nietszche, del superhombre, del nihilismo, etc. Pero la realidad es que estamos siendo presas de los totalitarismos a los que conducen las “democracias integristas”. Son los mismos perros con distintos collares.

Parecía que la caída del Muro había sido la panacea. La dictadura comunista se quiebra y se asume la responsabilidad de integrarles en un clima nuevo; el demócrata. Hay desconfianza de décadas, hábitos enraizados de insinceridad, siguen pensando que sus conversaciones las escuchan y quedan grabadas, que son espiados a todas horas, etc. Poco a poco comprueban que no es así pero les falta “oficio” y se crea en esos países una asignatura para los escolares a fin de que aprendan qué es y cómo funciona una democracia. Esto es correcto y encomiable. Pero no estaba podrida la fruta que el Maligno ofrece a Adán sino que tenía buen aspecto, “era de buen ver”. Así procede siempre el padre de la mentira, mostrando la cara amable del mal y… engañó a Adán y seguimos igual. No ha cambiado de estilo porque le sigue dando buenos resultados. Y si una cosa… funciona ¿por qué cambiar?

En muchos países venía muy bien enseñar esta asignatura a los jóvenes, sobre todo ahora que hay tanto inmigrante que ignoran por tradición lo que en América y en Europa occidental estaba asentado. Pero llegamos nosotros y aprovechamos una ocasión que no necesitábamos para “inventar” la dichosa asignatura de Educación para la Ciudadanía para utilizarla como vehículo de adoctrinamiento, con una concepción marxista del mundo. Pero ¿no habíamos dicho que estaba demodé eso del marxismo? Sí. Pero se trata de una mutación genética que se ha hecho resistente a la verdad a base de mentir siempre. Tanta mentira, tantas medias verdades que son las mayores simulaciones acaban por dejar de interesarse por la verdad. Así se ha llegado a un escepticismo grave y a relativizarlo todo. La moral parece salir de decisiones hechas “a mano alzada” en los Parlamentos agrediendo la conciencia del ciudadano.

Decía Juan Pablo II que “una democracia sin valores se convierte con facilidad en un totalitarismo visible o encubierto, como demuestra la historia”, puesto que, sin una verdad última que guíe y oriente la acción política, “las ideas y las convicciones humanas pueden ser instrumentalizadas fácilmente para fines de poder”. Detrás de cada actuación inocua de algunos políticos sectarios contra la fe hay un profundo odio a Dios y, por lo tanto, a la Iglesia. No dejan espacio a la libertad de hecho, no permiten que actúe la Iglesia y pondrán trabas a la fe Católica, mientras se habla de libertad religiosa. Han dejado de ser comunistas moderados para serlo de forma radical. ¿Cómo? Sacralizando el poder de manera que el Estado sea –eso es lo que pretenden– la fuente de legitimidad a la que nadie le es permitido rebelarse. El mayor enemigo para esos totalitarismos democráticos es la Iglesia y sus Instituciones más notables y fructuosas. Como Espartaco, solo que en nuestro caso con la seguridad de vencer, los católicos hemos de dar la batalla día a día –al margen de que baje el Ibex 35– a los enemigos de la libertad.

Ante el creciente laicismo en el que se pretende reducir la vida religiosa de los ciudadanos a la esfera privada, sin ninguna manifestación social y pública, la Iglesia sabe muy bien que debe oponerse y lo hace. El mensaje cristiano refuerza e ilumina los principios básicos de toda convivencia, en especial el don sagrado de la vida, la dignidad de la persona, el matrimonio y la familia, que no se pueden equiparar ni confundir con otras formas de uniones humanas.

Procuremos no defraudar la confianza que tiene en nosotros Benedicto XVI cuando nos dijo: “la Iglesia católica en España está dispuesta a dar pasos firmes en sus proyectos evangelizadores. Por eso es de esperar que sea comprendida y aceptada en su verdadera naturaleza y misión, porque ella trata de promover el bien común para todos, tanto respecto a las personas como a la sociedad. En efecto, la transmisión de la fe y la práctica religiosa de los creyentes no puede quedar confinada en el ámbito puramente privado” [4].

Pedro Beteta. Doctor en Teología y en Bioquímica


Notas al pie:

[1] Discurso al Presidente de Italia, 24-VI-2005

[2] Alocución, 23-IX-2005

[3] Ibídem.

[4] Carta a la Conferencia Episcopal con motivo de la Peregrinación Nacional al Santuario del Pilar de Zaragoza, 24-V-2005

lunes, 6 de octubre de 2008

Una sentencia fallada a favor de los padres.


Libertad para elegir, aunque no se llenen los colegios públicos

Firmado por Aceprensa
Fecha: 3 Octubre 2008


Un juzgado de Barcelona ha fallado a favor de unos padres que demandaron a la Generalitat de Cataluña por impedirles ejercer el derecho a escoger el tipo de educación que deseaban para su hija. Ellos querían llevarla al colegio concertado Llissach, de Santpedor (Barcelona), con cuyo ideario se identifican. Pero la administración educativa, alegando razones “materiales y presupuestarias”, inscribió a la niña en un centro público de reciente creación, donde estuvo todo el curso pasado. La sentencia afirma que prevalece la elección de los padres, y ordena escolarizar a la pequeña en la escuela que desean.

La administración educativa replicó a la demanda que había respetado el derecho fundamental a la educación reconocido en el art. 27 de la Constitución Española (CE), al asignar plaza a la niña. Y añadió que es legítimo denegar la elección de escuela por necesidades de la planificación escolar. En este caso, las razones de la administración eran que en el municipio había plazas públicas libres, y mientras no se cubrieran no quería ampliar la oferta de plazas en centros concertados. Y ello, a pesar de que el colegio público que asignaron a la pequeña no estaba terminado, pues –como hace constar la sentencia– ella y sus compañeros de curso tuvieron que asistir a clase en un barracón.

Pero sobre todo, el fallo sienta que los criterios de organización no pueden prevalecer sobre lo que dispone el art. 27.3 CE: “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”. Ciertamente, precisa la juez, María Rosa Gutés, ese derecho no es el de la libre elección de centro, que no está garantizada por la CE. Ahora bien, continúa, “para que la imposición a los padres de un centro distinto al elegido no vulnere el art. 27 de la CE, es preciso que el centro impuesto garantice una formación equivalente a la que habían elegido”. Y eso no ocurre con el colegio público en cuestión, porque no tiene un ideario conforme con las convicciones de los padres demandantes.

La juez subraya que “la opción religiosa y moral es básica cuando de educación se trata”. Por eso, no se puede despreciarla “por razones tan prosaicas como la del respeto a unos cupos fijados en función no de la demanda real de los padres, sino de las preferencias de la administración educativa por un determinado modelo de escuela”.

Ciertamente, hay que organizar las plazas para asegurar la escolarización de todos los alumnos, pero el derecho superior de las familias con respecto a la orientación moral y religiosa de la enseñanza constituye un límite a la discrecionalidad de la autoridad educativa para distribuirlos en los distintos centros. Así pues, señala la sentencia, “la oferta educativa debe ajustarse a la demanda, haciendo una prospección previa si es necesario, en lugar de ofertar unas plazas que luego no se pueden cubrir, como ocurre en el municipio de Santpedor, por razones que la demandada [la Generalitat] no debería despreciar, sino tener en cuenta para la debida aplicación de los fondos ajenos que administra”.

Lo anterior implica que las autoridades educativas han de “cubrir la demanda educativa con una oferta suficientemente amplia y plural para dar una respuesta satisfactoria a todas las opciones, incluyendo la de la escuela concertada”. Por no hacerlo así, estima la juez, la administración “coarta la libertad de los padres de escolarizar a su hija en un centro que, de manera totalmente legítima y meritoria, se ha ganado su confianza”.

martes, 8 de julio de 2008

EL ABORTO COMO AMENAZA A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

Pablo Nuevo.
Profesor de Derecho Constitucional UAO.
Miembro de la Junta Directiva de Juristas Cristianos

En el reciente congreso del PSOE, el partido del Gobierno ha anunciado su intención de modificar la ley del aborto, con objeto de establecer un sistema de plazos.

Esta ley, que implica un paso más en la destrucción de la cultura de la vida, se aparta de lo sostenido por el Tribunal Constitucional en 1985. En efecto, la despenalización del aborto fue considerada constitucional por el Tribunal Constitucional español en su Sentencia 53/1985, de 11 de abril.

En el Fundamento Jurídico 5 de dicha Sentencia el Tribunal señaló:

a) Que “la vida humana es un devenir, un proceso que comienza con la gestación”. Es decir, que el no nacido pertenece a la especie humana.

b) Que “la gestación ha generado un tertium existencialmente distinto de la madre, aunque alojado en el seno de ésta”. Con otras palabras: el no nacido es un individuo perteneciente a la especie humana.

c) Que “dentro de los cambios cualitativos en el desarrollo del proceso vital y partiendo del supuesto de que la vida es una realidad desde el inicio de la gestación, tiene particular relevancia el nacimiento, ya que significa el paso de la vida albergada en el seno materno a la vida albergada en la sociedad, bien que con distintas especificaciones y modalidades a lo largo del curso vital. Y previamente al nacimiento tiene especial trascendencia el momento a partir del cual el nasciturus es ya susceptible de vida independiente de la madre, esto es, de adquirir plena individualidad humana”. Siendo evidente que el nacimiento tiene relevancia en el ámbito jurídico, no puede comprenderse cómo el Tribunal habla de adquirir la “plena individualidad humana”, pues el carácter individual es siempre, por naturaleza, completo. El nasciturus únicamente podría adquirir con el nacimiento “plena individualidad humana” en el caso de que previamente al mismo no fuera un individuo, sino parte del cuerpo de la madre. Pero esto es algo no sólo completamente absurdo desde un punto de vista científico, sino que además es contrario a la afirmación del propio Tribunal según la cual “la gestación ha generado un tertium existencialmente distinto de la madre, aunque alojado en el seno de ésta”.

Siguiendo con esta línea argumental el TC expresamente afirmó que:

“De las consideraciones anteriores se deduce que si la Constitución protege la vida con la relevancia a que antes se ha hecho mención, no puede desprotegerla en aquella etapa de su proceso que no sólo es condición para la vida independiente del claustro materno, sino que es también un momento del desarrollo de la vida misma; por lo que ha de concluirse que la vida del nasciturus, en cuanto éste encarna un valor fundamental -la vida humana- garantizado en el artículo 15 de la Constitución, constituye un bien jurídico cuya protección encuentra en dicho precepto fundamento constitucional”.

Es decir, que el Estado debe proteger la vida del no nacido, cuya indefensión implica una vulneración del propio orden constitucional.

En un salto lógico muy criticado por la doctrina, el Tribunal no reconoció al nasciturus la condición de sujeto de derechos. Se da así la “paradoja” de que en el ordenamiento constitucional español hay individuos de la especie humana a los que no se les reconoce la condición de sujetos de derechos. La universalidad de los derechos fundamentales queda, con la doctrina del TC, seriamente comprometida.

No obstante, en el Fundamento Jurídico 7 de la STC 53/1985 el Tribunal añadió que “esta protección que la Constitución dispensa al nasciturus implica para el Estado con carácter general dos obligaciones: la de abstenerse de interrumpir o de obstaculizar el proceso natural de gestación, y la de establecer un sistema legal para la defensa de la vida que suponga una protección efectiva de la misma y que, dado el carácter fundamental de la vida, incluya también, como última garantía, las normas penales”.

Es decir, también el derecho penal debe proteger la vida del no nacido. Sería inconstitucional una regulación que excluyera la vida no nacida de la protección más intensa de que dispone el Estado.

En el Fundamento Jurídico 9 de la Sentencia, y para considerar admisible la despenalización del aborto, el Tribunal estableció que aunque hay que proteger al nasciturus, como se trata de casos extremos (vida de la mujer, embarazo consecuencia de una violación, etc.), no se le puede exigir otra conducta a la mujer embarazada, y que si no se le puede exigir otra conducta, es razonable no sancionar penalmente a la mujer.

No entramos ahora en la crítica a este argumento del Tribunal, simplemente tenemos que recordar que el propio Tribunal Constitucional dijo que “se trata de graves conflictos de características singulares, que no pueden contemplarse tan sólo desde la perspectiva de los derechos de la mujer o desde la protección de la vida del nasciturus. Ni ésta puede prevalecer incondicionalmente frente a aquéllos, ni los derechos de la mujer puedan tener primacía absoluta sobre la vida del nasciturus”.

Es decir, que de la misma forma que la vida del nasciturus no puede prevalecer sobre lo que quiere la mujer (esos “derechos” de los que habla la Sentencia), los llamados derechos de la mujer “no pueden tener primacía absoluta sobre la vida del nasciturus”.

Lo que el Tribunal quería afirmar –sin atreverse a llevar su argumento hasta las últimas consecuencias- es que ninguna vida puede quedar a la plena disposición de la voluntad de un tercero. Pero precisamente eso es lo que sucede en el caso del aborto, especialmente con una ley de plazos.

Exigir que el Estado imponga unos “requisitos técnicos” en la realización del aborto (que es realizado en centros hospitalarios públicos) lleva al sinsentido del ordenamiento español en lo que se refiere a la tutela de la vida. El aborto es un delito que el Estado renuncia a castigar en determinados supuestos y para cuya realización el mismo Estado ayuda a quienes deseen cometerlo.

Sinsentido que no es exclusivamente teórico, pues permite la eliminación de más de 80.000 inocentes cada año con la complicidad del poder político. Las ideas tienen consecuencias, y en este caso llevan a la vulneración del primero de los derechos.

sábado, 14 de junio de 2008

LA ACTIVIDAD PARLAMENTARIA Y POLITICA EN CATALUÑA: EL ABANDONO DE LA LIBERTAD, EL DERECHO Y LA DIGNIDAD.

Jorge Carreras
Vicepresidente de Juristas Cristianos de Cataluña.

Si damos un breve paseo por la página web del Parlamento de Cataluña, y nos detenemos a observar las Leyes aprobadas recientemente, los Proyectos y Proposiones de Ley y las Mociones presentadas por los grupos parlamentarios, hay que concluir que las iniciativas del laicismo militante son casi las únicas presentes en la actividad parlamentaria. Al menos lo son en cuanto trasciende al exterior a través de este medio. Es posible, aunque lo desconozco, que haya intervenciones, enmiendas, o interpelaciones en la actividad parlamentaria, en las que se manifieste una concepción del hombre distinta de la que sustentan los partidos gobernantes. Pero si hubiera una auténtica actividad constructiva en defensa de la libertad, de los derechos y de la dignidad de la persona, habría dado lugar, cuando menos, a iniciativas que ahora brillan por su ausencia. Recientemente CIU ha presentado una Proposición de Ley sobre "prestaciones y ayudas a familias con hijos o hijas a su cargo". Desconozco aun cual es su contenido. Pero esa es la única iniciativa que he conseguido encontrar en meses, que quizá resulte favorable a las familias.

Ante este panorama es difícil que nos sintamos representados en las instituciones políticas catalanas quienes creemos que el ser humano es algo más que pura materia perecedera, quienes creemos en la libertad del indivíduo, en la de cada indivíduo en particular, quienes creemos que cada persona, por el hecho de serlo, posee unos derechos fundamentales que son anteriores al estado y a cualquier organismo creado por el propio hombre, y que éstos deben respetar y favorecer su ejercicio.

¿Quiénes alzan la voz en Cataluña para defender la libertad de los padres de escoger la educación que deseen para sus hijos? ¿Quién alza la voz para defender la libertad religiosa de los ciudadanos de Cataluña? ¿Quién alza la voz en nuestra Comunidad para defender la dignidad de la mujer, de los menores y de las familias? ¿Quién alza la voz en Cataluña para defender el matrimonio entre un hombre y una mujer como ideal más humano y más beneficioso para los indivíduos y para la sociedad?

Cierto que de vez en cuando surge alguna defensa puntual y aislada de algún político que habla con claridad e incluso con contundencia. Pero los partidos como instituciones, y la mayoría de los representantes de los ciudadanos de todo signo, o son declaradamente laicistas, o como mucho manifiestan tímidamente algo parecido a ciertas convicciones vergonzantes.

Se nos pide el voto a los católicos, es más, se cuenta con el voto cristiano, católico, para luego mantener una actitud de pasividad, de silencio, de blandura, o incluso de complicidad. Frente a esta situación, las asociaciones y los ciudadanos que se ven amenzados por la ofensiva laicista, frecuentemente tenemos nuestra mirada fija sólo en quienes desarrollan aquellas iniciativas que atentan directamente contra la libertad. Quizá deberíamos exigir a nuestros representantes políticos que actúen con más eficacia, con más claridad cuando están en juego el derecho y la libertad de los ciudadanos. En definitiva los partidarios del laicismo luchan por aquello en lo creen; luchan por conseguir lo que piensan que es mejor para la sociedad en la que viven. También lo hacían los nazis que dieron lugar al genocidio del pueblo judio, también los comunistas soviéticos que crearon los gulags y los campos de exterminio del sudeste asiático.

Pero ¿qué piensan, qué hacen, qué convicciones tienen los políticos que no se declaran laicistas?. A éstos deberíamos animar a mantener en alto la bandera de la libertad. A ellos debemos preguntar, por ejemplo, por qué votaron unánimente en el Parlamento catalán a favor de la ley “del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista”. Por qué no defienden con contundencia el derecho de los padres a escoger la educación que desean para sus hijos frente a los Decretos que introducen la educación para la ciudadanía o frente al Anteproyecto de Ley de Educación Catalana.

Hemos de pedirles en primer lugar que tengan convicciones sólidas, y luego que sean fieles a esas convicciones; que tengan el valor y la inteligencia necesarios para defender la libertad, los derechos y la dignidad de las personas, de los ciudadandos de Cataluña, especialmente en unos momentos tan críticos como los que atraviesa nuestra sociedad. Hemos de pedirles que actúen en positivo, proponiendo soluciones constructivas, que sirvan y sean útiles a todos los ciudadanos, sean cuales sean sus modos de vivir y de pensar.

Sería muy deseable que la sociedad civil que les ha confiado con su voto la tarea de representarles en las instituciones, les apoye también para que cumplan con el mandato que han recibido, que no permanezcan en el silencio, o en la ambigüedad y que no presten apoyos vergonzantes a las iniciativas laicistas que fomentan la degradación del ser humano. Ese ha de ser quizá un objetivo prioritario y principal de la actuación de las entidades particulares, más urgente que reprochar a quienes actúan según sus convicciones erróneas.